El cuñado de Baltar, cazado a 227 km/h

Pisar el acelerador en autovía se convierte en delito cuando se cruza la barrera de los 200 kilómetros por hora, tal y como refleja el Código Penal. El cuñado de José Manuel Baltar, Gabriel Caldelas Fernández, llevó su automóvil hasta los 227 en la A-52.

Así lo ha confirmado la fotografía revisada del radar móvil de Tráfico que la madrugada del lunes “cazó” al hermano político del presidente provincial del PP a bordo de un vehículo de alta gama cuando circulaba a la altura del término municipal de Riós. El detector lo sorprendió en el punto kilométrico 146 de la autovía de As Rías Baixas y en dirección Benavente.

Caldelas, hermano de la esposa de José Manuel Baltar e hijo de un conocido empresario de A Mezquita, fue interceptado, después de que el cinemómetro disparara el “flash”, por una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico que, no obstante y a pesar de la posible existencia de un delito, no practicó su detención a la espera de cotejar la calidad de la fotografía del radar y la cifra exacta del exceso de velocidad. Fue anteayer cuando se conoció que había puesto el vehículo a 227 kilómetros por hora.

Los agentes sí que sometieron en el momento al cuñado de Baltar Blanco a la prueba de determinación de alcoholemia. El conductor superó la tasa máxima permitida, con un resultado de 0,35 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, según aseguraban ayer fuentes del instituto armado.



Ante estas evidencias, la Guardia Civil ha remitido diligencias al juzgado de instrucción de Verín, imputando a Gabriel Caldelas por un presunto delito contra la seguridad vial. Por contra, aunque conducía presuntamente bajo los efectos del alcohol, la tasa no es constitutiva de delito, ya que el umbral está situado en 0,60 miligramos por litro.

Como señalaron fuentes conocedoras de este caso, el cuñado de Baltar Blanco no será sometido a un juicio rápido, sino que el juzgado ha iniciado un procedimiento ordinario por el que ser citado cuando la autoridad judicial lo crea conveniente. Para la tramitación por esta vía del presunto delito contra la seguridad vial, se tiene en cuenta que Caldelas no tiene antecedentes y que dispone además de domicilio conocido.

En cualquier caso, el conductor se enfrenta a la posibilidad de una pena de prisión, multa o trabajos comunitarios así como a la retirada del carné durante un largo periodo, tal y como contempla el Código Penal en su artículo 379 tras la última reforma del texto.


Prisión, multa o trabajos
La norma señala literalmente que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”, explica el apartado primero del artículo.

(Vía farodevigo.es , gracias David por el aviso :)

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